Obras Sanitarias Sociedad del Estado (OSSE) publicó la Decisión N° 1180 que define la categoría de Usuario Carenciado y establece un sistema de pagos para los mismos. La meta es dar beneficios a este grupo de usuarios los que a través de dicho sistema de pago podrán regularizar su deuda para con la empresa que distribuye el agua potable en la provincia.
El costo del servicio para este grupo, agua y cloaca, es de $187.30; sólo agua es de $107.40. El usuario tiene que acercarse por la delegación con los requisitos y luego es visitado por una asistente social; si cumple con todo se le otorga el beneficio.
El documento sugiere la aplicación de tarifas diferenciales para los usuarios cuya evaluación socioeconómica se encuadre en estos requisitos: a) No poseer automóvil cuyo modelo de fabricación sea inferior a 15 años al momento de la solicitud de dicho beneficio, ni servicio telefónico con servido de internet, ni televisión satelital. b) Promedio de consumo mensual de Energía Eléctrica no superior a 400 KW. c) No poseer más de un inmueble, cuya valuación fiscal sea inferior a $ 204.820,00, y esté destinado a casa habitación.
Los grupos habitacionales deberán reunir condiciones socioeconómicas en un espacio geográfico determinado en la que predomine la indigencia y la pobreza estructural o se consideren usuarios de recursos limitados.
Esta tarifa sería la fijada para el Beneficio Especial Régimen Diferencial (Plan ReD), marca “R” Servicio Agua-Cloacas y será aplicable a conjuntos habitacionales debidamente delimitados y por el término de un año, previo a un análisis socioeconómico.
El beneficio de la Tarifa Diferencial establecida será anual y renovable automáticamente siempre que el Usuario Carenciado efectúe sus pagos en forma regular y en cuanto no se modifiquen las condiciones establecidas mencionadas. El control se realizará anualmente, y el no pago de cuatro períodos consecutivos o alternados hará caducar dicho beneficio.
Para saber si un titular o conjunto habitacional reúne las características necesarias, serán evaluadas por una trabajadora social, quien determinará a través de un diagnóstico global, evaluación y posterior elaboración de un informe final por la Sección Usuarios Carenciados, si le corresponde la tarifa especial.